31
Ago

JURISPRUDENCIA




JURISPRUDENCIA


JURISPRUDENCIA
La Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en autos “Leuru SA c/AFIP s/impugnación de deuda”, entendió procedente la aplicación de la resolución (SPyMEyDR) 675/2002, que elevó el tope de ventas anuales previsto en la resolución 24/2001, teniendo incidencia en el decreto 1009/2001, el cual fue dictado a fin de precisar los sujetos incluidos en los incisos a) y b) del artículo 2 del decreto 814/2001 y, por ende, beneficiarios de una reducción de las contribuciones patronales. Ello es así ya que resolver lo contrario implicaría convalidar la existencia de disposiciones contrapuestas, situación que no puede suponerse. En otras palabras, el concepto de pequeña y mediana empresa debe resultar único para todo el andamiaje jurídico, ya que lo opuesto generaría graves contradicciones y, consecuentemente, una clara inestabilidad jurídica para los contribuyentes.