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May

FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. MONOTRIBUTO




AFIP


FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN. MONOTRIBUTO
La Administración Federal de Ingresos Públicos establece que aquellos monotributistas que aún estén utilizando talonarios de facturas y/o documentos equivalentes impresos con anterioridad al 1/11/2014 que no posean CAI deberán dejar de utilizarlos a partir del 1/6/2017. Los comprobantes sin CAI que quedaran en existencia sin uso deberán ser inutilizados mediante la leyenda “Anulado”. Recordamos que, oportunamente, la resolución general (AFIP) 3704 había dispuesto la posibilidad de continuar utilizando los comprobantes impresos sin CAI hasta su agotamiento, en la medida en que los mismos sean informados a la AFIP y siempre que no se hubiera comenzado a utilizar talonarios impresos con CAI.