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May

MISIONES




IIBB


MISIONES
Se modifica la forma en que deberá realizarse la presentación de la declaración jurada informativa anual, para aquellos contribuyentes que accedan al beneficio de excepción de efectuar el pago a cuenta de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos, para mercaderías que ingresen en la Provincia, cuando el destinatario de la carga se encuentre registrado ante la Dirección General de Rentas y actúe como agente de retención del citado impuesto -art. 18, RG (DGR Misiones) 56/2007-. Al respecto, se establece que la declaración jurada anual se deberá realizar a través de la página web de Rentas de la Provincia, con clave fiscal; y el mencionado Organismo podrá validar los datos informados por el agente, previo al otorgamiento del beneficio.