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Mar

SINCERAMIENTO FISCAL




BLANQUEO


SINCERAMIENTO FISCAL
Teniendo en cuenta que el 31 de marzo de 2017 vence el plazo establecido para efectuar la declaración voluntaria y excepcional -art. 36, Tít. I, Libro II, L. 27260-, se prorroga a dicha fecha la posibilidad de adquirir el “Bono de la República Argentina en dólares estadounidenses 1% vto. 2023 (BONAR 1% 2023)” a siete (7) años, intransferible y no negociable durante los primeros cuatro (4) años de su vigencia -ap. 2, inc. a), art. 42, L. 27260-. Recordamos que los fondos que se afecten a la adquisición de este título no deberán ingresar el impuesto especial previsto en el artículo 41 de la ley 27260.