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JURISPRUDENCIA




Jurisprudencia


JURISPRUDENCIA
La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, en autos “Etcheverry, Juan Bautista y otros c/EN s/amparo L. 16986”, de fecha 14/2/2017, ordenó al Poder Ejecutivo Nacional a que, en el plazo de 90 días hábiles, realice la reglamentación del artículo 179 de la ley de contrato de trabajo (LCT) en lo referente a la habilitación por parte de las empresas de salas maternales y guarderías. En tal sentido, destacó que la omisión de reglamentación al citado artículo es manifiestamente inconstitucional, pues ya han transcurrido más de 40 años desde la promulgación de la LCT, además de ser contraria al artículo 99, inciso 2), de la Constitución Nacional.