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Oct

SAN JUAN




BENEFICIOS FISCALES


SAN JUAN
Se crea un régimen especial de regularización de las obligaciones tributarias omitidas o no cumplidas cuyo vencimiento haya operado hasta el 31/8/2016, al cual podrán acogerse incluso aquellos contribuyentes que estén intimados, bajo verificación o fiscalización, con determinación firme o sometidos a un proceso de determinación o liquidación administrativa o en cualquier situación similar. Asimismo, se podrán incluir las obligaciones tributarias sometidas a procesos judiciales en cualquiera de sus etapas e instancias, como así también las deudas de los contribuyentes que se encuentren en proceso de concurso o quiebra.

El presente régimen de regularización prevé la condonación de hasta el 75% del total de los intereses que supere el porcentaje del capital adeudado. Al respecto, las deudas incluidas en el mismo podrán regularizarse en hasta 60 cuotas mensuales y consecutivas con un interés de financiación de hasta el 1,5% mensual sobre saldos. Por otra parte, también se establece un plan de facilidades de pago para los agentes de retención y percepción, por sus obligaciones tributarias omitidas o no cumplidas generadas en el carácter de tales, cuyos vencimientos hayan operado hasta el 31/8/2016.

Destacamos que las deudas incluidas en este régimen podrán ser regularizadas en hasta 60 cuotas mensuales y consecutivas con un interés de financiación de hasta el 1,5% mensual sobre saldos. Por último, señalamos que el acogimiento a los planes de facilidades de pago mencionados podrá realizarse hasta el 31/3/2017.