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ART - EMPLEADORES AUTOASEGURADOS




MULTAS


ART - EMPLEADORES AUTOASEGURADOS
Habiendo sido reemplazado el Módulo Previsional (MOPRE), como unidad de referencia en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes por el artículo 13 de la ley 26417 (movilidad de las prestaciones previsionales), por una determinada proporción (33%, según el art. 15, D. 1694/2009) del haber mínimo garantizado ($ 5.661,16 a partir del 1/9/2016), se establece dicho haber en la suma de $ 1.868,18. Recordamos que el artículo 32 de la ley 24557 (riesgos del trabajo) determina que el incumplimiento por parte de los empleadores autoasegurados, de las aseguradoras de riesgos del trabajo y de las compañías de seguros de retiro de las obligaciones a su cargo será sancionado con una multa de 20 a 2.000 AMPO (posteriormente sustituido por el MOPRE), si no resultare un delito penado más severamente.