17
Oct

CATAMARCA




IIBB


CATAMARCA
Se incorporan al Régimen de retención del impuesto sobre los ingresos brutos -RG (AGR Catamarca) 62/2012- las operaciones de venta y/o subasta de bienes, locaciones y/o prestaciones de obras y/o servicios concertadas o perfeccionadas electrónicamente a través de sitios de comercio electrónico disponibles en Internet. Destacamos que se fija en 2,5% la alícuota que deberán aplicar aquellas entidades relacionadas con portales virtuales, encargadas de efectuar pagos a los vendedores adheridos a los mencionados portales, sobre el monto total de las operaciones que se realicen a compradores con domicilio real o legal en la Provincia de Catamarca.