03
Oct

ENTRE RÍOS




ENTRE RÍOS


ENTRE RÍOS
Se reemplazan los regímenes generales y especiales de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, y se crea un régimen general de información. Entre las principales características de los regímenes de retención y percepción, destacamos las siguientes:

- Quedan obligados a actuar como agentes de retención y/o percepción los sujetos incluidos en la nómina que, a tal efecto, se publicará semestralmente en los meses de abril y octubre en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web de la ATER. - Se incorpora la figura del certificado de no retención/percepción. - Se elimina el régimen especial de los agentes de percepción para el sector remises.

Asimismo, se crea un régimen de información del impuesto sobre los ingresos brutos para determinados sujetos nominados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos, quienes deberán informar, entre otras, las operaciones de ventas y/o locaciones de cosas, contratos de obras y/o servicios, pagos totales o parciales; la distribución, liquidación y acreditación con libre disponibilidad, etc., que se efectúen en el ámbito de la Provincia, respecto de aquellos sujetos de interés fiscal. Por último, destacamos que las presentes disposiciones serán de aplicación a partir del 1/10/2016.