03
Oct

FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA




FOMENTO EN EL USO DE FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLES


FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA
La Provincia de Buenos Aires adhiere al “Régimen de fomento para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica” -L. (nacional) 26190, modif. por L. (nacional) 27191-. Al respecto, se establece que serán beneficiarias del presente Régimen las personas físicas y/o jurídicas que sean titulares de las inversiones y/o concesionarios de proyectos de centrales de generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables de energía, con radicación en el territorio provincial, cuya producción esté destinada al mercado eléctrico mayorista y/o la prestación de servicios públicos. Los beneficiarios del referido Régimen estarán exentos por el término de 15 años del pago de los siguientes impuestos:

- Impuesto sobre los ingresos brutos, por la actividad de generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables. - Impuesto de sellos de aquellos actos o contratos específicos de la actividad de generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables. - Impuesto inmobiliario de aquellos inmuebles o parte de los mismos que se encuentren afectados a la instalación de centrales de generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables.

Destacamos que, para acceder a los citados beneficios, se deberá acreditar la inexistencia de deuda en los impuestos eximidos o haberlas regularizado mediante la inclusión en regímenes de pago. Por último, se dispone que la actividad de generación eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables que vuelque su energía en el mercado mayorista y/o esté destinada a la prestación de servicios públicos, gozará de estabilidad fiscal por el término de 15 años.