30
Abr

COOPERATIVAS Y MUTUALES.





COOPERATIVAS Y MUTUALES.
* INFORMACIÓN CONTENIDA EN REGISTROS ASOCIADOS. DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA LICITUD Y ORIGEN DE SUS FONDOS. DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA CONDICIÓN DE PERSONA POLÍTICAMENTE EXPUESTA. PLAZO PERENTORIO PARA SU PRESENTACIÓN : Se establece que las cooperativas y mutuales incluidas en la resolución (UIF) 11/2012 que hayan incumplido con la remisión de la información solicitada mediante las resoluciones (INAES) 5586/2012 y 5588/2012 deben presentar dicha información en el plazo perentorio de treinta días hábiles administrativos a partir del 23/4/2014. En este sentido, se establece que las cooperativas y mutuales que al vencimiento de dicho plazo no hubieran presentado la documentación pertinente quedarán automáticamente suspendidas en su autorización para funcionar. * DOCUMENTACIÓN ANUAL ORDINARIA PREASAMBLEARIA. PRESENTACIÓN EN SOPORTE PAPEL Y POR TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA. ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO: Se establece que, al momento de presentar la documentación anual ordinaria preasamblearia ante el INAES, las cooperativas y mutuales deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la resolución (INAES) 4110/2010, esto es, presentación de la documentación contable exigida por los artículos 41 y concordantes de la ley 20337 (copias del balance general, estado de resultados y cuadros anexos, juntamente con la memoria e informes de síndico y auditor) y 19 y concordantes de la ley 20321 (para el caso de las mutuales, presentación de memoria del ejercicio, inventario, balance general, cuenta de gastos y recursos e informe del órgano de fiscalización) en soporte papel y por transmisión electrónica al sitio web del INAES. Asimismo, y para el caso de haber incumplido con la transmisión electrónica, se establece el plazo perentorio de 60 días hábiles -desde la entrada en vigencia de la presente resolución- para remitir tal información. Ello, bajo apercibimiento de quedar automáticamente suspendidas en su autorización para funcionar las cooperativas y mutuales que, vencido el plazo antedicho, no hubiesen presentado la documentación indicada por hasta los ejercicios sociales cerrados durante el año 2012.