16
Ago

RETENCIONES .EXCLUSIÓN




RETENCIONES POR OPERACIONES REALIZADAS CON TARJETAS DE CRÉDITO Y/O COMPRA


RETENCIONES .EXCLUSIÓN
Las operaciones de venta de bienes muebles efectuadas por las microempresas pertenecientes al sector comercio, que resulten alcanzadas por el beneficio de reintegro de IVA para jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales -dispuesto en el marco de la L. 27253-, quedan excluidas de los regímenes de retención de IVA -RG (AFIP) 140- y de ganancias -RG (DGI) 3311- dispuestos para los pagos que efectúen con tarjetas de crédito y/o compras.

Los sujetos alcanzados deberán exhibir al agente de retención la constancia de categorización como microempresa emitida por la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción.

Recordamos que las microempresas del sector comercio son aquellas que obtienen ingresos anuales por hasta $ 9.000.000 -conforme a los parámetros establecidos por la R. (SPyME) 24/2001-.