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Jul

CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO




CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO


CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
PETROLEROS PRIVADOS. CONTRIBUCIÓN EXTRAORDINARIA

Las partes representativas de la actividad petrolera arribaron a un nuevo Acuerdo convencional, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo el citado Acuerdo, se conviene una contribución extraordinaria y por única vez de $ 3.000 por cada trabajador, con destino a turismo, capacitación y asistencia social. Dicha suma se abonará en 6 cuotas iguales de $ 500 cada una conjuntamente con la liquidación de aportes y contribuciones de la seguridad social de los meses de julio, setiembre, octubre y noviembre de 2016, y enero y marzo de 2017.

SMATA, EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLE. MAR DEL PLATA Y ZONA DE ACTUACIÓN, CCT 80/1989. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA PARA JULIO Y AGOSTO DE 2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 80/1989 arribaron a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece el pago de una asignación extraordinaria y no remunerativa de $ 2.700 a abonarse en dos cuotas iguales de $ 1.350, la primera de ellas junto a los haberes de julio de 2016 y la segunda con fecha de vencimiento el 20 de agosto de 2016.

CORTADORES DE LA INDUMENTARIA. CAPITAL FEDERAL Y PARTIDOS DE BUENOS AIRES, CCT 614/2010. ESCALA SALARIAL DESDE EL 1/7/2016, 1/10/2016 Y 1/12/2016

Las partes representativas de la actividad regulada por el CCT 614/2010 han arribado a un nuevo Acuerdo salarial, el cual se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial a efectivizarse en forma escalonada a partir de julio, octubre y diciembre de 2016. Asimismo, se conviene el pago de una gratificación anual especial por única vez de carácter no remunerativo de $ 2.000, a abonarse entre el 5 y el 20 de enero de 2017. En otro orden, se disponen diversas modificaciones al texto convencional