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Jul

SEGURIDAD SOCIAL




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PRESTACIONES POR DESEMPLEO. PRESTACIONES DINERARIAS. COMPENSACIÓN POR GASTOS. ACTUALIZACIÓN

Se incrementa a 900 pesos, a mes vencido, la suma en concepto de compensación por gastos de traslado y refrigerio. Recordamos que el citado programa, creado por la resolución (MTESS) 1016/2013, tiene por objeto brindar apoyo en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de las competencias laborales, en la mejora de la empleabilidad y en la inserción en empleos de calidad de las personas participantes de los regímenes de prestaciones por desempleo instituidos por las leyes 24013 (trabajadores regidos por la LCT), 25191 (trabajadores agrarios) y 25371 (trabajadores de la industria de la construcción). La presente medida se aplicará a partir de la primera liquidación de ayudas económicas posterior al 7 de julio de 2016.

IMPUGNACIÓN DE DEUDAS DETERMINADAS, INFRACCIONES CONSTATADAS Y MULTAS APLICADAS. MODIFICACIÓN PARCIAL

Se modifican los artículos 4 y 5 de la disposición (AFIP) 256/2015, referente al trámite de las impugnaciones y los recursos que interpongan los contribuyentes y responsables referidos a deudas determinadas o infracciones constatadas correspondientes a los recursos de la seguridad social. En tal sentido, se introducen modificaciones relacionadas con la competencia en razón del territorio de las distintas Direcciones Regionales de los recursos de la seguridad social.

PROGRAMAS DE FOMENTO DE EMPLEO. PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO. AYUDA ECONÓMICA INDIVIDUAL. ADECUACIONES

Se adecuan, a partir del mes de mayo de 2016, los plazos de la asistencia económica individual prevista por el Reglamento Operativo del Programa Trabajo Autogestionado. Recordamos que el citado programa, tiene como objeto la generación de nuevas fuentes de trabajo y el mantenimiento de los puestos existentes a través del fortalecimiento de las unidades productivas de bienes y servicios, autogestionadas por trabajadores, en el marco del Programa Nacional de Promoción y Asistencia al Trabajo Autogestionado y la Microempresa -Proyecto PNUD ARG/02/03

JUBILACIONES Y PENSIONES. CREACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE COMPLEMENTACIÓN PREVISIONAL.

Se crea, en la órbita de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el “Registro Nacional de Entidades de Complementación Previsional”, en el que deberán registrarse con carácter obligatorio todas las cajas, fondos y/o regímenes complementarios de jubilaciones y pensiones, cualquiera sea su norma de creación, existentes o a crearse en el futuro.